Si tienes una hipoteca, puedes obtener una ventaja fiscal deduciendo los intereses reales, para ello necesitas el certificado de crédito Infonavit; Solo puedes hacerlo si el financiamiento no supera los 6 millones de pesos y a través de tu declaración anual.
Si compraste una vivienda con hipoteca, puedes obtener un beneficio fiscal y deducir los intereses reales devengados y efectivamente pagados por la financiación durante el año 2010. Para ello es necesario presentar tu declaración anual , que por ley está obligada a realizar las personas naturales, que ganen más de 400.000 pesos al año. No obstante, y para obtener esta ventaja, puedes respetar este compromiso fiscal aunque tus ingresos sean inferiores a esta cantidad.
¿Cuánto te gana el SAT en intereses hipotecarios?
En las hipotecas, el interés que pagas por tu vivienda es deducible de impuestos. Aprende cómo funciona el proceso. Es posible que uno de los motivos que te impida tomar la decisión sean los gastos a la hora de comprar una casa o los intereses. Pero, ¿qué pasaría si supiera que puede deducir el interés que paga por su casa en su declaración de impuestos anual y pagar menos dinero en cuotas? El reembolso es posible, solo necesitas saber qué tipo de contribuyente eres.
Si ganas menos de 400,000 pesos al año, la empresa o institución para la que trabajas se encargará de presentar tu declaración anual ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a través de la Administración Tributaria (SAT) y, por tanto, la devolución se realizará a través del área de recursos humanos.
¿Cómo puede el SAT devolverte un porcentaje de interés que pagas por tu casa?
El proceso que debes seguir para que el SAT te devuelva un porcentaje de los intereses que pagaste por tu vivienda es el siguiente:
- Incluye los intereses que pagaste por tu vivienda al hacer la declaración anual ante el SAT.
¡Tu casa con INFONAVIT te está esperando!
Los documentos y datos que se solicitarán para cualquier tipo de trámite en cualquier medio de comunicación serán:
- Resolución del IMMS
- Contar con e. firma de la SAT
- No tener un crédito Infonavit vigente (si eres jubilado o jubilado)
- Tener un documento oficial de identidad vigente
- Tener tu CLABE interbancaria (18 dígitos)
- Tener su Número de Seguro Social (NSS)
- Tener actualizado su RFC